ETIQUETADO DE LA MIEL: Cómo cumplir con la toda normativa

etiquetado de la miel

PRELUDIO Y NORMATIVA

Hacer bien la etiqueta de nuestro producto es un tema muy importante. Por una parte, debe cumplir la ley, y por otra, debe transmitir al consumidor lo máximo posible de nuestro producto.

Empecemos por cumplir la ley, por eso de que no nos pongan una sanción por qué falta o sobra algo.  O que no nos hagan tirar esas etiquetas que ya tenemos impresas por adaptarnos a la normativa.

La normativa en la que se basa el etiquetado de los productos alimentarios es Directiva 90/496/CEE; RD 1134/1999; Reglamento UE 1169/2011 RD, como podréis ver en la página de AESAN (Agencia Española de Consumo Seguridad Alimentaria y Nutrición).

Como vamos a hablar de miel también tendremos en cuenta el RD 1049/2003 donde se publica la Norma de Calidad relativa a la miel.

¡Pues allá vamos!

QUE DEBEMOS CUMPLIR EN EL ETIQUETADO DE LA MIEL

Hay una serie de conceptos que son obligatorios y otros que además de obligatorios han de estar en el mismo campo visual para que el consumidor los vea a primer golpe de vista, claramente legible e indeleble.

 El tamaño mínimo de letra/número para la información obligatoria es 1,2 mm.

  • Denominación del producto*: MIEL”, o “MIEL DE FLORES”, o “MIEL DE MIELADA”, o …
  • Señas completas (nombre, dirección y población) del responsable del producto (envasador, distribuidor o vendedor). En la venta de proximidad es necesario identificarse con el número del Registro Ganadero (REGA).
  • Peso neto* como: “PESO NETO: … g.  ó… kg.
    Tamaño de los números: 6 milímetros, si la cantidad nominal es superior a 1.000 gramos o 100 centilitros. 4 milímetros, si la cantidad nominal está comprendida entre 1.000 gramos o 100 centilitros, inclusive, y 200 gramos o 20 centilitros, exclusive. 3 milímetros, si la cantidad nominal está comprendida entre 200 gramos o 20 centilitros, inclusive, y 50 gramos o 5 centilitros, exclusive. 2 milímetros, si la cantidad nominal es igual o inferior a 50 gramos o 5 centilitros.
  • Marcado de fechas*:” CONSUMIR PREFERENTEMENTE ANTES DE: …” (mes y año para una duración de entre 3 y 18 meses) o “CONSUMIR PREFERENTEMENTE ANTES DEL FIN DE:… “(año, para una duración de más de 18 meses). Esta indicación, y la de Lote, pueden estar en otro plano visual, pero se ha de poner en este plano la cita “Fecha de consumo preferente y Lote ver… (tapa, lateral…)”
  • Instrucciones de conservación si procede, como “Manténgase en lugar fresco y seco”, “Las mieles cristalizan de cuando hace frío, si se prefiere líquida calentar al baño de maría”…
  • Nº de lote, con la leyenda: “LOTE Nº”:… o “L Nº” ( un lote es lo que se envasa en las mismas condiciones, un bidón, un depósito… (nº, letra, o fecha de envasado, día y mes).
  • El símbolo de que se reciclan los envases: PUNTO VERDE. La empresa que pone el envase en el mercado es la responsable del reciclado del mismo.
  • Especificar el País de origen o países de Origen (normativa actualizada desde junio 2020).

ACTUALIZACIÓN JUNIO 2020

Con fecha  22 de junio, se ha publicado la modificación de la norma de la miel respecto al etiquetado de la misma en la UE. Su aplicación entra en vigor 6 meses a partir del 22/06/2020

«5.1.4 Deberán mencionarse en la etiqueta el país o los países de origen en los que la miel y, en su caso, sus mezclas hayan sido recolectadas.»

Nuevo apartado 5.1.4 del BOE publicado el 22 de Junio de 2020 (pág. 173, sec. I, sec. 43006)

Hay otros conceptos que, si se cumplen y se estima oportuno, puede llevar la etiqueta:

  • La denominación de origen floral: DE ROMERO, DE TOMILLO…, DE MIELADA… Mejor tener una analítica que lo pueda demostrar.
  • El origen regional, territorial o topográfico, si la miel procede enteramente del origen citado, por ejemplo: PRODUCIDA EN SALAMANCA, España.
  • El símbolo de Apicultura Ecológica solo si la explotación está registrada en el Comité de Agricultura Ecológica correspondiente.
  • Marcas de Calidad. La etiqueta del Consejo Regulador de la DOP o de la IGP o de la Marca Colectiva de Calidad en que esté registrada, si lo está.
  • Si es el caso, las denominaciones de elaboración o presentación que sean correctas, volvemos a las especificaciones de RD 1049/2003: EN PANAL, CON TROZOS DE PANAL, CON PANAL CORTADO, ESCURRIDA, CENTRIFUGADA, PRENSADA, DE USO INDUSTRIAL (o si es únicamente para cocinar o para industria porque no cumple alguno de los parámetros).

QUÉ NO ESTAMOS OBLIGADOS A CUMPLIR

Hay dos cuestiones obligatorias en el etiquetado de los productos alimentarios, pero que la miel NO está obligada a cumplir: la lista de ingredientes y el etiquetado nutricional.

Ingredientes (Reglamento UE 1169/2011): Esta norma obliga a declarar la lista de ingredientes, excepto (Artículo 19):

  1. e) los alimentos que consten de un único ingrediente, en los que:
  2. i) la denominación del alimento sea idéntica a la del ingrediente, o
  3. ii) la denominación del alimento permita determinar la naturaleza del ingrediente sin riesgo de confusión.

Así pues, en el caso de la miel, no se le aplica este nuevo reglamento.

Etiquetado Nutricional (Reglamento UE 1169/2011)

ETIQUETADO DE LA MIEL: Cómo cumplir con la toda normativa - Sin categorizar
Ejemplo de etiquetado con partes no obligatorias. Con la nueva publicación del BOE 2020, este origen de la miel estaría mal etiquetado.

ES OPCIONAL: El etiquetado nutricional NO es obligatorio para miel. A pesar de no ser obligatorio, algunas marcas lo están etiquetando, ya que el cliente se lo pide. Si se quiere poner se han de cumplir los requisitos que marca la norma:

  • Toda la información debe aparecer en el mismo campo visual.
  • La información obligatoria incluirá: a) el valor energético (expresado tanto en kJ, kilojulios) como en kcal (kilocalorías) y b) las cantidades de grasas, ácidos grasos saturados, hidratos de carbono, azúcares, proteínas y sal. Expresados en gramos por 100 gramos de producto. Los conceptos aparecerán en el orden que marca la norma.
  • Si el espacio lo permite, la información se presentará en forma de tabla con las cifras en columna. Si no hay espacio, la información puede ponerse en línea.
    ETIQUETADO DE LA MIEL: Cómo cumplir con la toda normativa - Sin categorizar
  • Las cifras declaradas en el contenido de nutrientes deberán ser valores medios obtenidos a partir de análisis de los alimentos, cálculos de valores medios, o datos generalmente establecidos.
Envase de miel 1kg celdillasEnvase de miel 1kg celdillasEnvase de miel 1kg celdillas0.52€
Envase 0,5kg liso V370Envase 0,5kg liso V370Envase 0,5kg liso V3700.38€
Rollo de 1000 etiquetas de precinto para botes de mielRollo de 1000 etiquetas de precinto para botes de mielRollo de 1000 etiquetas de precinto para botes de miel29.95€
Rollo de 500 etiquetas personalizadas para botes de mielRollo de 500 etiquetas personalizadas para botes de mielRollo de 500 etiquetas personalizadas para botes de miel24.95€
Envase Orcio 212Envase Orcio 212Envase Orcio 2120.46€
Tarro Aura 350 boca altaTarro Aura 350 boca altaTarro Aura 350 boca alta0.39€

¿SE PUEDE VENDER MIEL SIN REGISTRO SANITARIO?

Todo envasador profesional de miel debe estar dado de alta en el registro sanitario. El “Registro Sanitario” es en realidad el “Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos”, lo que se conoce como el RGSEAA. Para ello, hay que cumplir una serie de requisitos legales y tener unas instalaciones adecuadas para ello, de tal manera que la Autoridad Sanitaria pueda realizar una labor de control sobre las mismas.

Y aquí surge la pregunta, «Si solo soy un apicultor aficionado, ¿debo estar dado de alta en este registro sanitario?». Afortunadamente, la respuesta es NO aunque con ciertos matices y limitaciones que varían según la comunidad en la que nos encontremos. Este tipo de comercio, se conoce como venta de proximidad. Para poder ejercerlo debemos contar con el número del Registro Ganadero(REGA), es decir, basta con estar dado de alta como apicultor, y remarcarlo en las señas de la etiqueta como responsables directos producto. De esta manera podemos hacer venta local de miel sin necesidad de darnos de alta en sanidad.

No obstante, todas las exigencias para el etiquetado en el comercio de ciclo corto (sin registro sanitario) dependen de la regulación que de este tipo de comercio haya hecho la autonomía. Por lo tanto, recomendamos revisar la normativa específica que os corresponda, la encontraréis disponible en internet o preguntando directamente al organismo correspondiente.

La información obligatoria deberá estar en la etiqueta. Solo variarán los logos y el tipo de registro que la autonomía exija.

OTRAS RECOMENDACIONES

Olvidarse de hacer recomendaciones de salud: “… la información alimentaria no atribuirá a ningún alimento las propiedades de prevenir, tratar o curar ninguna enfermedad humana, ni hará referencia a tales propiedades”.

No hace falta poner lista de alérgenos, la miel no tiene ninguno de la lista de sustancias de declaración obligatoria (Reglamento 1.169/2011, Anexo II).

En definitiva, la etiqueta ha de ser clara, pocos mensajes, veraces y que sirvan para identificarnos a nosotros como productores y a nuestro producto.

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21 comentarios

  1. Tengo como vecino una tienda de venta de miel, la dueña dice ser apicultora y anuncia su miel como cosecha propia. Eso es mentira, esta engañando a la gente. Compra la miel en bidones de 300k de procedencia desconocida y puesta a la venta sin el control sanitario. Les puedo argumentar lo que digo con fotos y pruebas. Me gustaría que tomarán cartas en el asunto. Esta persona es un pirata. Gracias

    1. Excelente información muy completa y clara y asertiva según las irregularidades de las legalidades de los reglamentos de la justicia suprema en el país que fuere osea cualquiera. Pero sirve para ir avanzando y permitiendo así como resiliendo de la otra parte afectada.

    2. Hola, debes denunciar esto a sanidad. Si vives en Andalucía ponte en contacto con la Unidad de Protección de la Salud del distrito Sanitario al que pertenezcas. Has de hacer una denuncia formal y Sanidad lo investigará. Lo que dice este artículo es completamente cierto, los alimentos en la UE están vigilados y controlados, si hay prácticas irregulares como dices, tienes el deber, como buen ciudadano, de ponerlo en conocimiento de la autoridad sanitaria. De otra manera es predicar en el desierto.

    3. yo asesoro una empresa apicultora ,ellos venden miel pura x kilos y otras personas ponen su marca y la comercializan eso no es delito ,todos los que venden miel dicen tener sus panales
      pero no necesariamente la miel sea mala o de dudosa procedencia

  2. hay obligatoriedad de indicar en el etiquetado de la miel la mención » la miel no es recomendable para menores de 12 meses» o mención similar.

  3. Buenas tardes quisiera saber si usted me pueden hacer mis etiquetas de miel con todos los requisitos. de ser asi por favor comunicarse al 5554326158 o5521075735 con Sra. Rocio Lopez Barquett. muchas gracias .

  4. hola . soy apicultor estoy empezando con un apiario de 50 colmenas, este será mi primer año de producción y me gustaría etiquetar mi producto. por favor si ustedes pueden apoyarme con asesoría para hacerlo de la manera correcta. por favor comuníquese conmigo gracias.

  5. Quiero vender miel en mi tienda. Solo debidamente regulada, etc.
    Zona de Aranda del Duero.
    643954370
    Preguntar por Luis Ortiz.
    Gracias.

  6. Somos nuevos apicultores, tenemos pocas colmenas por afición y nos gustaría vender la miel. Nos gustaría saber si hace falta ser autónomo para ello o los requisitos necesarios para cumplir con la legalidad. Gracias

    1. Hola, como comentamos para la venta de proximidad no es necesario ser autónomo y ni sacarse el registro sanitario. Basta con estar dados de alta como apicultores (REGA) que es obligatorio cuando tienes colmenas (desde 1)

  7. Buenos días,
    Al igual que la compañera Nieves, querría saber si es obligatorio la mención sobre que los menores de 1 año no deben consumir miel. ¿es una recomendación o está legislado? si es así ¿qué ley es?
    Gracias

  8. Buenas Tardes
    Soy Juan Requena cliente vuestro, tengo 50 colmenas y he leído vuestro enlace https://www.latiendadelapicultor.com/blog/etiquetado-de-la-miel-normativa/
    he diseñado una etiqueta, como no soy autónomo tengo unas dudas:
    1. Si la etiqueta que hemos diseñado tiene todos los datos correspondientes para poder vender la miel:
    Miel de Azahar Cruda sin pasteurizar, Origen España 100% cosecha propia. Producción limitada.
    Juan Requena Melgarejo
    Calle Mina, 1 Alborache (Valencia)
    REGA:
    Lote:____ fecha de caducidad:_______
    2. No sabemos si tenemos que añadir los valores nutricionales en la etiqueta.
    3. Como debemos facturar? Según lo que he leído en la página de hacienda no me ha quedado muy claro…
    Pd: Mi padre está jubilado y tiene otras 50.

  9. La miel se vende como comprar una manzana no le vas a pedir a la manzana que venga con la etiqueta de ingredientes para tener o poder comerciar con ella si tienes un árbol de manzana en tu terreno y aún que si se puede científicamente hacer pues se hace un examen laboratorio y se enlistan los valores y activos así como los nutricionales cómo agua y sabía de la raíz del árbol o la fotosíntesis de la luz solar sobre el mismo árbol y las hojas del manzano, pero de que se puede hacer se puede se le llama examen científico sin embargo si le ponen agua con pesticidas ahí si se requiere, pero si no en el caso de la miel van a terminar afectando a las abejas por la mejor calidad de la miel que si de una o de otra y ya pasa pero en cuestión de mayor exportador de la miel. Y así la (sobreexplotacomperencia) palabra coloquial mía inventada desviar el tema y no afectar al mercado.

  10. Buenos días. El peso neto del tarro de la miel, tiene que ir en la parte frontal de la etiqueta o puede ir en un lateral ? Gracias

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