Código de conducta de La Tienda del Apicultor

  • La Tienda del Apicultor es un establecimiento comercial detallista (ECD) que tiene autorización para vender medicamentos veterinarios.

  • Mediante la página web, solo está permitida la venta de medicamentos no sujetos a prescripción veterinaria. 

  • La venta de los medicamentos es directa desde la farmacia o el establecimiento comercial detallista, con intervención de un farmacéutico responsable de la dispensación y sin intermediarios. 

  • No se podrán realizar regalos, premios, obsequios, concursos, bonificaciones como medios vinculados a la promoción o venta al público de medicamentos mediante sitios web. 

  • Los pedidos de dispensación de los medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción veterinaria mediante venta a distancia se realizarán directamente a la oficina de farmacia o establecimiento comercial detallista, a través del sitio web de los mismos o por correspondencia. Para ser válido, el pedido deberá incluir los siguientes datos de contacto del comprador: nombre y apellidos, teléfono, correo electrónico y dirección postal; para permitir al farmacéutico ponerse en contacto con el comprador si lo considerase oportuno. 

  • El farmacéutico deberá valorar la pertinencia o no de la dispensación, especialmente ante solicitudes de cantidades que excedan las empleadas en los tratamientos habituales, peticiones frecuentes o reiteradas, que indiquen la posibilidad de que se realice un mal uso o abuso de los medicamentos objeto de venta. 

  • El transporte y entrega de los medicamentos veterinarios desde la oficina de farmacia o establecimiento comercial detallista hasta el domicilio indicado por el comprador será responsabilidad de la oficina de farmacia o del establecimiento comercial detallista. 

  • La oficina de farmacia o establecimiento comercial detallista no podrá aceptar devoluciones de los medicamentos veterinarios una vez hayan sido dispensados y entregados al comprador, salvo de aquellos que hayan sido suministrados por error, no se correspondan con el pedido, hayan sido dañados durante el transporte, exista sobre ellos una alerta por defectos de calidad o por razones de farmacovigilancia veterinaria, o cuando sea precisa la retirada de los mismos. 

Cuando el destinatario se encuentre en otro Estado miembro, la venta a distancia solo podrá realizarse si el medicamento se encuentra autorizado en el Estado miembro de destino y respetando lo establecido al respecto de la venta a distancia en ese Estado y en la presente norma.



Legislación nacional aplicable 

Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. (BOE núm. 177, de 25 de julio de 2015). 

Real Decreto 109/1995, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios, modificado por el Real Decreto 1132/2010, de 10 de septiembre. 

Real Decreto 544/2016, de 25 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción veterinaria. (BOE núm. 300, 13 de diciembre de 2016).



Medicamentos con limitaciones 

Por parte de la AEMPS no se ha establecido de momento ninguna limitación de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción veterinaria que se venden a través de sitios web.